Mediante Decreto Supremo 030-2026-RE, publicado el 15.07.2026 en el Diario Oficial El Peruano, también se ratificó la Carta
Paralela al Acuerdo de Libre Comercio entre la República del Perú y Hong Kong sobre
Servicios Profesionales, suscrita el 15 de noviembre de 2024.
En los considerandos de la norma se explica que es conveniente a los
intereses de Perú la ratificación interna de los citados tratados
con Hong Kong.
El acuerdo comercial contribuirá a la consolidación de la
presencia de Perú en la región Asia Pacífico y brindará múltiples
oportunidades a los exportadores peruanos de bienes y de servicios.
Entre los capítulos negociados en el acuerdo se incluyen compromisos
sobre comercio transfronterizo de servicios, con el cual las empresas
peruanas podrán exportar servicios a Hong Kong sin que se les
exija una presencia en dicha economía, lo cual beneficia a rubros como diseño,
servicios empresariales, aplicaciones, entre otros.
Asimismo, con las disposiciones sobre servicios financieros se
garantiza un marco estable y sin restricciones, alentando a las empresas
de capital hongkonés, como bancos o empresas de seguros, a
que inviertan en Perú.
En cuanto a la exportación de bienes, Hong Kong se
compromete a aplicar de forma indefinida el arancel cero para las exportaciones
de origen peruano. De esa manera, los operadores económicos
tendrán certeza, predictibilidad y ventaja cuando exporten a ese destino. (Fuente:
Agencia Andina, 15.07.2026; Foto: ANDINA/difusión).
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